Se puede afirmar que la agresión es la acción, actitud o comportamiento de una persona o de un grupo social o colectividad que de manera consciente busca dañar, perjudicar, someter o sojuzgar, disminuir o herir sicológica o físicamente a otro individuo o colectividad de manera arbitraria e ilegítima, considerando el criterio de la víctima o el sistema social del que forma parte. La expresión extrema de la agresión material es la violencia.
La agresión ha sido analizada por sicólogos, sociólogos, abogados y antropólogos, quienes desde sus diferentes perspectivas dan preeminencia a un elemento u otro, tanto en el plano individual como en el social, surgiendo diferentes teorías y diversos factores. Algunas de estas teorías dan relevancia a la voluntad de poder, de afirmación sobre los otros, de dominio; otras señalan la frustración o la restricción de un comportamiento que pretende un reconocimiento; la acumulación de energía; un entorno cultural que induce, reconoce o premia comportamientos agresivos; la hostilidad hacia un objeto, individuo o grupo que se desplaza hacia otros por prejuicios étnicos, religiosos políticos; etc. Estos factores se vinculan de acuerdo a la teoría de que se trate.
Resulta interesante la teoría que centra su atención en los fenómenos de estructura y de interacción social donde se analizan factores que actualmente se toman como los más recurrentes y de mayor peso: instigación política; falta de control social; gobernabilidad; rivalidad en el ámbito laboral; estructura y estabilidad familiar; choque ideológico de grupos políticos; y la necesidad de adaptación a un nuevo ambiente, contexto socioeconómico o colectivo político.
Tanto en lo individual como en lo colectivo, la conducta agresiva de una persona, grupo, asociación o partido político manifestada a través de expresiones lingüísticas hasta en ataques físicos provocan una tensión social que desemboca en una contraagresión, que muchas veces rebasa la dimensión de la agresión, por lo que el sistema político debe establecer normas de control que regulen la interacción social con respeto y reconocimiento de las diferencias del otro, del conciudadano, de los diferentes, es decir se debe respetar el derecho a la diversidad.
Como ya se mencionó al inicio de este artículo, la violencia es la forma extrema de la agresión material, individual o colectiva, mediante un ataque físico, intencional y destructivo, contra una persona o cosas con valor para la víctima o la sociedad; o la realización de actos contrarios a la voluntad de la víctima mediante el uso de la fuerza o la amenaza de su aplicación. Un caso concreto de lo anterior es la violencia intrafamiliar.
Hoy, a partir de las últimas décadas del siglo pasado, se han ampliado los estudios sobre la violencia, vinculándola con el respeto a los derechos humanos, a las estructuras sociales, la pobreza, la educación, los medios de comunicación, etc. Se habla de una cultura de la violencia que se trasmite y difunde en cualquier lugar y ámbito, como sucede con el clásico machismo mexicano.
La violencia también se entiende como cualquier modo de presión, influencia o condicionamiento por los que un individuo no puede expresarse en toda la plenitud de sus capacidades, por lo que se tiene que mantener por debajo de sus potencialidades intelectuales, artísticas, físicas, etc. Se trata de una violencia sicológica que se ejerce a través de la amenaza ideológica, la mentira, la desinformación, el adoctrinamiento, etc. Pero dos son las nuevas modalidades de la violencia que se analizan como signos omnipresentes y denigrantes de esta época, aunque existían desde tiempo atrás: la violencia estructural y la violencia simbólica:
La violencia estructural se toma como equivalente de la desigualdad social que se manifiesta en los ámbitos económico, social, político, de acceso a las nuevas tecnologías de la información y el conocimiento, etc. Esta violencia estructural se ve fomentada y propiciada por los medios masivos de comunicación, la propaganda de cualquier tipo y toda acción que tienda a mantener o fortalecer el dominio de un grupo sobre otro.
Por su parte, la violencia simbólica es toda “forma de comunicación o de argumentación dirigida a convencer a otro de la importancia, la validez y la coherencia de creencias y valores propias del comunicante”. Llevada esta categoría de violencia a su extremo se podría afirmar que incluso, como afirma R. Barbier, las actividades pedagógicas resultan constituir una violencia simbólica. Las dos anteriores categorías resultan dignas de un estudio amplio, profundo y crítico.
Debemos mencionar que de acuerdo a estadísticas y estudios especializados (consultables en cualquier momento en la Internet y otras fuentes) las principales víctimas de la agresión y la violencia son niñas, niños y mujeres, y no tan sólo en nuestro país, sino en otras regiones del mundo y que estas categorías de violencia, la estructural y la simbólica, son fomentadas y permitidas por los sistemas político, social y religioso.
Lo anterior ha generado una cultura de la violencia, ya mencionada, y para cuyo abatimiento, grupos sociales y organizaciones no gubernamentales han luchado contra prejuicios, ignorancia de funcionarios y esquemas de conductas individuales y sociales que se trasmiten de generación a generación, porque forman parte de usos y costumbres y, lo que es peor, de la cotidianeidad de muchas de las víctimas.
Dentro de este contexto, recientemente fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia cuyo objeto es “establecer la coordinación entre la federación, las entidades federativas y los municipios para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como los principios y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a los principios de igualdad y no discriminación, así como para garantizar la democracia, el desarrollo integral y sustentable que fortalezca la soberanía y el régimen democrático establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.
Esta Ley representa un avance en la protección de los derechos humanos de las mujeres, si bien apenas dada a conocer ha sido objeto de fuertes cuestionamientos ante la aparente omisión y ambigüedad de algunos de los preceptos establecidos en su articulado, por lo que se ha calificado de opaca, débil e incongruente.
En su Art. 5 la Ley establece que la Violencia contra las Mujeres es: “cualquier acción u omisión basada en su género, que les cause daño o sufrimiento sicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público.”
Como se puede observar se trata de una definición integral, pues más adelante en el Art. 6 se citan los tipos de violencia contra las mujeres que para esta Ley, de acuerdo al ya mencionad Art. 5, son los siguientes: sicológica, física, patrimonial, económica, sexual y “cualesquiera otras formas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres”.
En ampliación a lo anterior, en su Título II la Ley trata sobre la violencia en el ámbito familiar, la violencia laboral y docente, la violencia en la comunidad, la violencia institucional y la violencia feminicida y de la alerta de violencia de género contra las mujeres, aspectos ya tratados en los estudios de violencia y género pero hasta ahora plasmados en un estatuto.
Otro aspecto interesante de esta Ley es la creación del Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, así como el Programa correspondiente y que aunque parezca un planteamiento más entre tantos programas que existen en leyes y planes de trabajo no deja de ser la concretización de un anhelo por el que se ha luchado por muchos años. Obviamente falta un largo trecho para ver su operación efectiva y real.
Como sucede con otros estatutos, se impone una difusión amplia de esta nueva Ley y el análisis objetivo y crítico de su contenido. Para ello, nada mejor que la intervención de los expertos en la materia y, sobre todo, de las más interesadas: las mujeres, que si bien no todas han sido víctimas de la violencia, si han sido testigos de ella o han estado inmersas en lo que de manera convencional aquí denominamos cultura de la violencia.Para ésto tienen la palabra las asociaciones civiles, las organizaciones no gubernamentales, las redes de defensa de los derechos humanos o cualquier otro grupo que se interese por debatir un fenómeno que permea actualmente en cualquier ámbito privado o público: la violencia contra las mujeres. Y nada mejor que este debate se realice con motivo del Día Internacional de la Mujer, a celebrar el próximo 8 de marzo.
Publicado el día 04 de marzo en el suplemento cultural “La Valquiria” de Diario de Xalapa
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