domingo, 13 de marzo de 2005

Terrorismo: factor de tensión y desestabilización

Como fenómeno que a través de los últimos siglos ha ido aumentando su importancia, el terrorismo en las últimas décadas ha pasado a ser un factor en torno al cual se establecen programas y estrategias políticas en los organismos mundiales, pasando a formar parte de la agenda política internacional.

La definición de terrorismo es una cuestión compleja. En principio podemos decir que el terrorismo es una acción que pretende producir temor o terror a un grupo, pueblo o Estado, mediante el uso de medios violentos, ilegales e ilegítimos. A partir de las últimas décadas del siglo pasado el terrorismo se ha convertido en un problema internacional por lo que se ha pretendido tomar medidas para combatirlo y, hoy, para prever su aparición, ya que se puede presentar de muy diferentes maneras: secuestro o asesinato de actores políticos, secuestro de aeronaves, uso de explosivos.
En 1930, la Asociación Internacional de Derecho Penal en su tercera conferencia realizada en Bruselas, tomó por primera vez el análisis del terrorismo. Por su parte, la Sociedad de las Naciones Unidas lo cuestionó en 1934 con motivo de los asesinatos de Alejandro I de Yugoslavia y del presidente del Consejo de Francia Luis Barthon. También, desde su fundación la Organización de las Naciones Unidas (ONU) se ha ocupado de él.
El terrorismo puede ser de diferentes tipos: terrorismo de Estado, entre Estados, entre particulares y de Estado a Estado. Pero también, el terrorismo ha evolucionado. Se le vincula a los movimientos revolucionarios, a los movimientos de liberación nacional, al anarquismo. De ahí el problema para su definición.
En el siglo antepasado se habló de un terrorismo revolucionario como recurso para alcanzar el poder por parte del pueblo. Pero también existe un terrorismo contrarrevolucionario o fascista que es aquel que provoca víctimas ajenas a los objetivos que persiguen sus operadores, este último es condenado por todos. Se puede afirmar entonces que el terrorismo revolucionario está a favor de las masas, de los pueblos, y el contrarrevolucionario en contra.
En la actualidad se pueden mencionar dos tipos de terrorismo: el terrorismo político y el terrorismo internacional. En cuanto al terrorismo político Maquiavelo ya mencionaba el uso del terror y el miedo como instrumentos para conservar el poder. En Francia, tenemos antecedentes de terrorismo con el Comité de Salud Pública creado por Roberpierre y Sain Just (1793-1794).
El terrorismo político, así, está vinculado con el poder y es aplicado cuando se toma como instrumento para derrocar a un gobierno. De esta manera el terrorismo político se liga al atentado político pero no se agota con éste, que sobre todo en estos momentos, requiere de elementos que aseguren su éxito: organización minuciosa; acciones que impliquen en primer término una venganza y en segundo lugar aterrorizar golpeando al eje o centro del poder político, económico, aquello que resulte emblemático; y, la posibilidad asegurada de su expansión.
El terrorismo político se presenta en escenarios de crisis y conflicto de la sociedad, en situaciones sociopolíticas de atraso y es el detonador para pasar de manera acelerada de una lucha pasiva a una lucha activa.
Muchas veces el terrorismo político que se da en el interior de un Estado se convierte en terrorismo internacional, que es el uso de la violencia para lograr objetivos políticos, sociales o económicos, en el marco de las relaciones internacionales. La mayoría de las ideologías lo ha repudiado, si bien ha sido utilizado por varios movimientos racionalistas (irlandés, vasco, etc.) el terrorismo internacional puede ser colonialista si se pretende conservar la dependencia de un territorio, grupo o estado respecto a otro, también puede ser independentista, cuando se quiere crear un Estado nacional.
En 1937, la Sociedad de las Naciones ya se ocupa del terrorismo nacional, elaborándose la Convención sobre las Formas de Evitar el Terrorismo, que no entró en vigor al no ser signada por el número de países necesarios.
El Comité Jurídico de la Asamblea General de la ONU pretendió en 1972, elaborar una definición de terrorismo internacional, pero nuevamente fue imposible llegar a un acuerdo por la posición de algunos países, sobre todo africanos y árabes, que argumentaron que un concepto restringido perjudicaría a los movimientos de liberación nacional. Por su parte los países desarrollados pretendieron identificar los movimientos mencionados con el terrorismo, a pesar de que la ONU, considera a las guerras de liberación precisamente como guerras y no como terrorismo.
El terrorismo internacional rebasa las ideologías, y no constituye un fin en si mismo, ya que posee un carácter, valor o elemento demostrativo, que hace que en ocasiones de una acción individual pase a constituir una estrategia de grupos bien identificados en el marco de una lucha. De esa manera el terrorismo está condenado por la legislación internacional pero no definido, constituyendo un delito contra la paz y la seguridad humana.
Ante el incremento del terrorismo y después del 11 de septiembre de 2001 la ONU ha manifestado que “dado que representa un agresión a los principios de la ley y el orden de los derechos humanos y la solución pacífica de los conflictos el terrorismo está en contra a los principios que definen a las Naciones Unidas.
Entre otras medidas tomadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas destaca la resolución 1373 del 28 de septiembre de 2001 mediante la cual se crea un Comité Antiterrorismo que busca que los estados miembros consideren como un acto criminal el financiamiento a los terroristas, la congelación de activos financieros de terroristas y la prohibición de toda ayuda que tenga como objetivo el apoyo a terroristas. También el Comité de la Asamblea General para el Terrorismo se encuentra elaborando un proyecto antiterrorista sumario.
En México, el delito del terrorismo se encuentra incluido en el artículo 139 del Código Penal Federal que señala “se impondrá pena de prisión de 2 a 40 años y multa de hasta cincuenta mil pesos sin prejuicio de las penas que correspondan de los delitos que resulten, al que utilizando explosivos, sustancias tóxicas, armas de fuego o por incendio, inundación o por cualquier otro medio violento realice actos en contra de las personas, cosas o servicios al público que produzcan alarma, temor, terror en la población o en un grupo o sector de ella, para perturbar la paz pública o tratar de menoscabar la autoridad del Estado, o presionar a la autoridad para que tome una determinación”.
Por su parte, el Código Penal para el Estado de Veracruz en el capítulo del V título XVI: Delitos contra la seguridad del Estado, incluye el terrorismo del artículo 311 a 313.
¿Cuál ha sido el impacto del terrorismo internacional en la sociedad, estados y en el mundo en general? Desde luego, ante su incremento, el terrorismo ha pasado a ser objeto de estudios de académicos, factor permanente en la agenda política internacional y motivo para formar áreas especializadas en organismos internacionales y en los gobiernos de muchas naciones. Pero además de lo anterior, el terrorismo provoca hostilidades y guerras entre los estados y desestabiliza las relaciones internacionales.
No resulta ocioso citar a Noam Chomski quien ante un cuestionamiento periodístico manifestó que “entiendo la expresión terrorismo exactamente en el sentido definido de los documentos oficiales de Estado Unidos, el uso calculado de la violencia para obtener objetivos de naturaleza política, religiosa o ideológica. Esto es realizado a través de la intimidación, la coerción o infundiendo miedo”.
¿Pero que es lo que se ha propuesto para combatir el terrorismo?. Las propuestas son muchas y proviene de diferentes ámbitos. Aníbal Quijano propone dos: La primera se refiere a que le terrorismo debe ser juzgado como todos los actos criminales dado que atenta contra los derechos humanos y deviene genocidio; la segunda parte de que le terrorismo impacta al desarrollo y democracia por lo que debe ser evitado, prevenido e impedido, por lo que es necesario acabar con sus fuentes y erradicarlo.
Como Magistrado de la Audiencia Nacional de España Baltasar Garzón propone la aprobación urgente de una Convención Internacional sobre Terrorismo; ratificar el Estatuto de la Corte Penal Internacional; y conceptualizarlo definitivamente; crear una Comunidad de Inteligencia y establecer un Observatorio Internacional sobre Terrorismo; y el respeto de todos los estados a la normatividad que para el caso dicte la ONU.
Para finalizar, queremos advertir sobre uno de los efectos mediáticos de este fenómeno político: su espectacularización, que ha provocado que los niños y adultos observen, comenten, analicen y opinen ante las imágenes transmitidas cuando sucede un acto terrorista, canalizando su efecto negativo y minimizando las desgracias que provoca, las tensiones que genera y la condena que debe recibir de toda la sociedad.

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